Este desembolso le permitirá no tener que reducir exageradamente su nivel de vida; y, además, una parte de sus aportaciones a éste plan de ahorro, van destinadas a cubrir determinados riesgos durante su vida de trabajo.
El asegurado recibe el capital acumulado al término del contrato o con anterioridad a la citada fecha, bien porque realice un rescate, o bien porque se produzca una invalidez o fallecimiento, en cuyo caso los perceptores serán aquellos que figuren en la Póliza, como beneficiarios.
La fiscalidad final estará contemplada en el Reglamento del IRPF, de cada año.
El Plan de Jubilación, sea cual fuere su forma de percepción, se le aplica el concepto fiscal de rendimientos de capital, sobre los intereses devengados de las aportaciones realizadas. Las deducciones en base a, la forma y la antigüedad en que se hicieron las aportaciones, así como, la manera de recibir las percepciones, dependerán de lo establecido en el reglamento en ese momento.
Las aportaciones que el asegurado hace en el Plan de Jubilación, son realizadas con dinero cuyos impuestos ya han sido satisfechos a través de la aplicación correspondiente, en función del origen de su devengo, (rentas del trabajo, dividendos, etc.,), por tanto, solamente tendrá que tributar por los intereses que hayan generado las primas satisfechas.
En el hipotético caso que la aseguradora al practicar la liquidación lo hiciese sobre el total de los intereses devengados, y dicha liquidación estuviese favorecida con alguna de las deducciones creadas al respecto, se podrá reclamar la devolución que proceda.
Edad aconsejable para iniciar un Plan de Jubilación.
Las estadísticas que manejan los expertos del sector dicen que es entre 35 y 55 años cuando, los interesados en un Plan de Jubilación, toman la decisión de contratarlo. La edad más idónea para hacerlo, consejos a parte, será cuando las circunstancias de cada uno lo permitan. Nuestra opinión es que cuanto antes se comienza el plan de ahorro, mayor grado de previsión se obtiene y además se reduce el esfuerzo económico . —al alargarlo en el tiempo para alcanzar la meta que se haya fijado.
Ventajas e inconvenientes de este sistema de ahorro.
El Plan de Jubilación es una de las modalidades que, a nuestro criterio, se adapta mejor a los futuros asegurados con menor nivel de ingresos, debido a que le brinda la posibilidad de acudir a un rescate, total o parcial, —a partir del primer o segundo año— en cualquier momento que lo necesite. Esto, no es posible con otros modelos de ahorro, que si bien aportan otro tipo de beneficios, su grado de liquidez no es comparable con el Plan de Jubilación.
Naturalmente esa disponibilidad de liquidez no es gratuita; cuando optamos por esta elección, estamos renunciando a ayudas de desgravación cuyo incremento de rentabilidad es muy importante en un plan de ahorro. Por eso insistimos en decir que la decisión de elegir un producto u otro, se verá soslayada por las oportunidades del momento y de la propia situación del interesado.
Si por el contrario, lo que se pretende es beneficiarse de las desgravaciones fiscales, habrá que contratar otro producto aunque ello suponga renunciar, en todo o en parte, al grado de liquidez que nos ofrece el Plan de Jubilación.